|
 
Beneficios para la
Comunidad de Madrid
BENEFICIOS
SOCIALES
- Beneficios por la contratación de cuidadores en familias
numerosas. (Oficina de la Seguridad Social).
- Conservación de situaciones laborales. Según convenio
empresas.
PROTECCIÓN
EN MATERIA TRIBUTARIA
- Beneficios fiscales. Delegación de Hacienda
AGUA
Oficinas Canal Isabel II, c/ Santa Engracia, 125. Telf. 901 516
516
BENEFICIOS
EN MATERIA DE VIVIENDA
I.V.I.M.A. c/ Braganza, s/n
EL INSTITUTO MADRILEÑO DEL DEPORTE, ESPARCIMIENTO Y RECREACION
("IMDER"), de la Comunidad Autónoma de Madrid ),
dependiente de la Consejería de Cultura y Deportes, ha publicado
sus nuevas tarifas, con descuentos, prácticamente en todas
sus instalaciones, de un 50% para familias numerosas.
Las instalaciones que de el dependen son:
- Estadio Vallehermoso, Puerta de Hierro, I.D. Canal Isabel II,
I.D. San Vicente de Paul y La Residencia Navacerrada.
Prácticamente abarcan todas las disciplinas deportivas.
Además de la WEB, podéis tener información
en el Instituto:
c/Gran Vía 10. 28013 Madrid
Telf.: 91 720 11 00
IMPUESTO
DE TRANSMISIONES (VIVIENDA)
La Ley 5/2004 de la Comunidad de Madrid (BOCM del 30-12-2004)
establece un nuevo tipo de gravamen en el IMPUESTO DE TRANSMISIONES
para VIVIENDAS adquiridas por Familias Numerosas, quedando en el
4% (el tipo general es del 7%).
Para poderse aplicar dicho tipo reducido, es requisito imprescindible
que la vivienda adquirida sea destinada a "vivivienda
habitual". La entrada en vigor del precepto es a partir del
1-1-2005.
ADQUISICIÓN
DE VEHÍCULOS
Deducción en el Impuesto de Matriculación
Agencia Tributaria (Ley 14/2000, 29 diciembre)
BENEFICIOS
EN MATERIA DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS PÚBLICOS
- Derechos de preferencia
- Concesión de becas y ayudas en materia educativa, adquisición
de libros y material didáctico.
- Admisión en centros educativos preescolar y centros docentes
sostenidos con fondos públicos. -Acceso a las viviendas protegidas
- Acceso a albergues, centros cívicos o actividades de ocio
de la Administración.
- Exenciones y bonificaciones en tasas y precios.
- Transportes públicos, urbanos e interurbanos
- Acceso a los bienes y servicios sociales, culturales, deportivos
y de ocio.
- Acceso pruebas de selección para el ingreso en la función
pública.
- Educación
- Categoría General exención del 50% en todos los
regímenes, niveles y ciclos de las tasas o precios públicos
en derechos de matriculación y examen, expedición
de títulos y diplomas.
- Categoría Especial exención del 100% en todos los
regímenes, niveles y ciclos de las tasas o precios públicos
en derechos de matriculación y examen, expedición
de títulos y diplomas.
- Subsidio a familias con hijo/os con discapacidad que necesiten
educación especial.
- Por infortunio familiar protegido por el Seguro Escolar, la prestación
se incrementará en un 20% ó 50%, según las
categorías.
I.B.I.
Deducción Impuesto de Bienes Inmuebles.
Ayuntamiento localidad donde se este empadronado. BeneficiosAytos.htm
Ley 51/2002 de 27 de diciembre, de Reforma de la Ley 39/1988, de
28 de diciembre.
|
|
F
E D M A
Federación
de Asociaciones de Familias Numerosas de la
COMUNIDAD DE MADRID
|
|
 |